En , a
REUNIDOS
De una parte D.
con D.N.I nº
domiciliado en ,
calle
actuando en calidad de Empresario/ Representante de D.
con D.N.I. nº
domiciliado en
provincia de
calle .
De otra, D.
con D.N.I. nº
como
, domiciliado en
provincia de
calle .
Ambas partes de reconocen recíprocamente, capacidad para obligarse y libremente convienen
las siguientes estipulaciones:
Primera.-
D.
se obliga a celebrar corridas en la/s plaza/s y fechas que se detallan a continuación.
Segunda.-
D.
se obliga a tomar parte en la/s corrida/s de referencia, actuando como ,
acompañado de su correspondiente y reglamentaria Cuadrilla de Picadores, Banderilleros y
Mozos de Espadas, que se citan en el presente contrato, para la lidia y muerte de res/es
de la/s siguiente/s
ganadería/s:
Tercera.-
La empresa abonará antes de las doce horas del día/s en que se celebren la/s corrida/s
la cantidad de ptas.,
en concepto de honorarios del Matador y su cuadrilla, gastos de desplazamiento, hospedaje
y manutención.
Dicha cantidad se entregará al diestro o persona que, a este efecto, le represente
Cuarta.-
Si por causa de fuerza mayor justificada, la Empresa se viese obligada a suspender la
corrida o novillada y avisase al diestro contratado antes de emprender el viaje, éste no
tendrá derecho a reclamación alguna; pero si hubiese emprendido el viaje, o se
encontrase en el lugar donde la corrida o novillada hubiera de celebrarse, vendrá la
Empresa obligada a abonarle todos los gastos que se le ocasionan a él y su Cuadrilla,
hasta el regreso a sus respectivas residencias oficiales, así como el sueldo del Mozo de
Espadas.
Si la corrida nos e celebrase por causa no atribuible a fuerza mayor o el diestro no fuera
anunciado, la Empresa abonará el importe total del Contrato.
Si una vez comenzada la corrida o novillada se suspendiese antes de la terminación, el
Espada percibirá sus honorarios como si hubiese sido
celebrada en su totalidad.
Quinta.-
Las partes se obligan a justificar la profesionalidad mediante las correspondientes
certificaciones, expedidas por las respectivas Organizaciones
Profesionales a las que pertenezca la Empresa y los Lidiadores actuantes; todo ello a
efectos de obtener el permiso gubernativo pertinente.
Sexta.-
Las actuaciones profesionales pactadas no podrán ser televisadas, ni captadas por
cualquier otro sistema para su posterior comercialización, sin que previamente se haya
hecho constar en el presente contrato las condiciones económicas que las partes
convengan.
CLAUSULAS ADICIONALES
COMPOSICION DE LA CUADRILLA
Así lo convienen y estipulan obligándose ambas partes a cuanto dejan consignado y en
señal de conformidad y previa lectura, el presente Contrato en el lugar y fecha
indicados.
La
Empresa
El
Matador