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TRABAJADORES MINUSVALIDOS QUE TRABAJEN EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO R.D.
1.368/85
DECLARAN
El trabajador o, en su caso, el representante legal:
a) Que (el trabajador) tiene reconocida la condición de minusválido,
como se acredita con la resolución/certificación que se acompaña de y se halla inscrito
como demandante de empleo en la Oficina de Empleo de en
el correspondiente Registro de Trabajadores Minusvalidos.
b) Que como consecuencia de dicha minusvalía su capacidad de trabajo su
capacidad de trabajo se encuentra disminuida en un %
(7),
según resolución correspondiente Equipo Multiprofesional.
El representante de la Empresa:
a) Que (la empresa) es titular del Centro Especial de Empleo para el que
se celebra la contratación.
b) Que se compromete a proporcionar al trabajador un trabajo productivo y
remunerado, adecuado a sus características individuales, en orden a favorecer su
adaptación personal y social y facilitar, en su caso, su posterior integración laboral
en el sistema ordinario de trabajo.
Reuniendo, por tanto, los requisitos exigidos en el Real Decreto para la celebración del
presente contrato, acuerdan formalizarlo con arreglo a las siguientes,
CLAUSULAS
Primera.-
El trabajador es contratado para prestar sus servicios en el Centro Especial de Empleo de
para desarrollar la actividad laboral propia de la especialidad profesional con
las peculiaridades siguientes:
Segunda.-
La duración del contrato será
(8) (en caso de celebrarse
por tiempo determinado). El objeto del presente contrato es de (9)
y su duración se extenderá desde
hasta .
Tercera.-
Se establece un período de adaptación al trabajo que a su vez tendrá el carácter de
periodo de prueba, de (10),
en las condiciones siguientes:(11)
Cuarta.-
La jornada de trabajo será de horas (12),
distribuidas del modo siguiente
(13)
(en caso de jornada continuada).
El trabajador tendra derecho durante la jornada de trabajo a un descanso de
Quinta.-
Asimismo, durante la jornada de trabajo el trabajador, previo aviso y justificación
podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, para asistir a tratamientos de
rehabilitaciópn médico-funcionales, y para participar en acciones de orientación,
formación y readaptación profesional, hasta un máximo de diez dias por semestre.
Sexta.-
No se realizarán horas extraordinarias, salvo para prevenir o reparar siniestros y otros
daños extraordinarios.
Séptima.-
El trabajador tendrá derecho al disfrute de unas vacaciones anuales (14) así como a los
descansos, fiestas y permisos qye se establecen en la Sección 5ª Cap. 2 del Titulo I del
Estatuto de los Trabajadores, o en su caso, del Convenio Colectivo.
Octava.-
El trabajador percibirá por la prestación de sus servicios una retribución por todos
los conceptos de
ptas. brutas (15), que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales
Asimismo tendrá derecho a percibir (16) gratificaciones extraordinarias al año de una
cuantía de (17)
Novena.-
Para lograr la adecuación del puesto de trabajo a las características del trabajador, la
Empresa se compromete a realizar las siguientes adaptaciones en el puesto de trabajo
Asimismo, se compromete a adoptar las siguientes medidas de seguridad e higiene,
requeridas por las circunstancias especiales que concurren en el trabajador, a juicio de
los Equipos Multiprofesionales, con la autorización de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social:
Décima.-
En lo no previsto en este contrato las partes se comprometen a observar lo dispuesto en la
legislación vigente y en especial en el Real Decreto
y en su caso, el Convenio Colectivo de
CLAUSULAS ADICIONALES
Y para que así conste se extiende este contrato por cuatriplicado en lugar y fecha
indicados.
El trabajador
El
representante legal, si procede
El
representante de la Empresa
DILIGENCIA: Contrato registrado y visado en la Oficina de Empleo de
Sello
Oficina
Director
de Oficina
_________________________________________________________
(1) Nombre del titular del Centro Especial de Empleo o de su representante.
(2) Indicar el carácter con el que actúe: Titular, director, gerente, etc.
(3) Nombre o Razón social del titular del Centro Especial de Empleo.
(4) Indicar si el trabajador tiene capacidad de obrar plena o limitada.
(5) Cuando el trabajador tuviera capacidad de obrar limitada.
(6) Padre, madre o representante legal.
(7) La disminución de la capacidad de trabajo habrá de ser al menos igual o
superior al 33%.
(8) Por tiempo indefinido o determinado, según el Estatuto de los Trabajadores
(9) Indicar objeto en razón al tipo de contratación por tiempo determinado de que se
trate.
(10) No mayor de seis meses.
(11) Las determinadas, en su caso, por el equipo Multiprofesional.
(12) Diarias, semanales o mensuales. Menor de ochos horas diarias de trabajo efectivo.
(13) Horario de trabajo.
(14) Mínimo de 30 días naturales.
(15) Diarias, Semanales, mensuales.
(16) Indicar número. Mínimo dos.
(17) Mínimo 30 días salario base más antiguedad